Mes: octubre 2024

Interpretación y Aplicación de Normas Tributarias para Contribuyentes del Régimen SIMPLE

¿Los contribuyentes excluidos del Régimen SIMPLE, por no cumplir requisitos no subsanables, pueden acreditar los pagos realizados en los recibos electrónicos del SIMPLE en sus declaraciones del IVA?

Sí. La DIAN expuso que dichos pagos sí son acreditables, siempre y cuando correspondan al mismo periodo gravable declarado.

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Tratamiento Fiscal de Títulos de Renta Fija y Amortización de la Prima en el Impuesto a la Renta

Determinación del Costo Fiscal

El costo fiscal de los títulos de renta fija incluye el valor pagado al momento de la adquisición, sumando los intereses generados linealmente que aún no se han pagado según la tasa facial, calculados desde la compra o último pago hasta la fecha de enajenación. Este valor está regulado en el literal b del numeral 5 del artículo 74-1 del Estatuto Tributario.

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Notificación de Resoluciones de Reconsideración en Materia Tributaria

La forma en que se debe notificar la resolución que resuelve un recurso de reconsideración está regulada en los artículos 565, 566-1 y 568 del Estatuto Tributario.

Dichas normas establecen los métodos y momentos para la notificación, resaltando la importancia de respetar el debido proceso en la comunicación de decisiones administrativas.

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Reconocimiento de Ingresos en Cuotas Extraordinarias bajo Propiedad Horizontal

Al implementar este tratamiento contable, es fundamental que el revisor fiscal y la administración de la copropiedad comuniquen a la asamblea la base legal del registro de ingresos, especialmente cuando el reconocimiento de las cuotas genera excedentes que pueden interpretarse como ingresos sin ejecución total de los proyectos. Este proceso se realiza en cumplimiento del decreto correspondiente, para garantizar la transparencia y el apego a la normatividad vigente.

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Nombramiento de Revisor Fiscal Suplente en Menos de Seis Meses

La Ley 43 de 1990, en su Capítulo Cuarto del Título Segundo, aborda las inhabilidades del contador público en su relación con los usuarios.

Según el artículo 51 de esta ley, un contador que haya ejercido funciones en una empresa deberá esperar un período de seis meses tras cesar sus funciones para aceptar un cargo de auditor externo o revisor fiscal en esa misma empresa o en cualquiera de sus filiales o subsidiarias. Esta norma aplica tanto para el cargo de revisor fiscal principal como para el suplente, sin establecer diferencia alguna entre ambos.

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