Consulta
Una empleada doméstica recibe el 30% de su salario en especie.
¿Se debe reconocer el gasto por el salario mínimo completo y luego revertir el gasto correspondiente al salario en especie, o si solo se debe reconocer el 70% del salario pagado en efectivo?
Definición de Empleado Doméstico por la Organización Internacional del Trabajo (OIT)
Los trabajadores domésticos son aquellos que realizan trabajos en o para un hogar u hogares privados, incluyendo tareas como la limpieza, cocina, cuidado de niños o ancianos, jardinería, vigilancia, conducción, y cuidado de animales domésticos. Estos empleados pueden trabajar a tiempo completo o parcial, residir en el hogar del empleador o en su propia residencia, y pueden ser nacionales o migrantes.
Aplicación del Marco Técnico Normativo para Pymes
Dado que no se especifica la clasificación de la entidad en la consulta, se procederá bajo las directrices establecidas para una entidad que aplica el Marco Técnico Normativo de las Pymes, según el Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario (DUR) 2420 de 2015.
Principio de Reconocimiento General
sección 28 del Anexo 2 del DUR 2420 de 2015
Establece que una entidad debe reconocer el costo de todos los beneficios a los empleados como resultado de servicios prestados durante el periodo de reporte. Esto incluye:
- Sueldos, salarios y aportaciones a la seguridad social.
- Ausencias remuneradas a corto plazo.
- Participaciones en ganancias e incentivos pagaderos dentro de los doce meses siguientes.
- Beneficios no monetarios a los empleados actuales.
Reconocimiento del Salario en Especie
Los pagos de salario en especie deben ser reconocidos como gastos de personal (beneficios a empleados) en los resultados del periodo correspondiente, por el valor de la contraprestación pactada y permitida por ley.
Conclusión
El salario en especie de la empleada doméstica debe ser reconocido como gasto de personal por el total del salario pactado, incluyendo tanto el 70% en efectivo como el 30% en especie. Este enfoque asegura que se refleje adecuadamente la totalidad del beneficio económico proporcionado al empleado.
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