IVA en Materias Primas Químicas y Medicamentos
¿Los artículos farmacéuticos de la partida arancelaria 30.06 y las materias primas químicas para su producción están gravados con el IVA?


Sentencia del Consejo de Estado
El Consejo de Estado, en sentencia de noviembre de 2021, ratificó que la Ley 2010 de 2019 no derogó la exclusión establecida en el artículo 424 del Estatuto Tributario. La Corte indicó que, tras la entrada en vigor de la ley, los medicamentos clasificados en las partidas arancelarias mencionadas mantienen su carácter de exentos, mientras que las materias primas químicas continúan excluidas.
Este pronunciamiento es relevante porque clarifica la relación entre las modificaciones introducidas por la Ley 2010 y la normativa previa, evitando interpretaciones que pudieran generar incertidumbre.
Conclusión
A la luz de lo expuesto, queda claro que los medicamentos clasificados en la partida arancelaria 30.06 están exentos del IVA, mientras que las materias primas químicas utilizadas en la producción de los mismos mantienen su exclusión, según lo dispuesto en el artículo 424 del Estatuto Tributario y ratificado por el Consejo de Estado. Este tratamiento fiscal garantiza que los insumos necesarios para la producción de medicamentos continúen con su tratamiento preferencial tributario, fomentando la accesibilidad y producción de productos farmacéuticos en el país.
–
–
–
–
–
–
–
–
–
–
–
–