Consulta
Aplicación de la reducción de la sanción contemplada en los numerales 3 y 4 del artículo 640 del Estatuto Tributario (ET). ¿Es obligatorio el pago de la sanción para acceder a dicha reducción?


Requisitos para acceder a la reducción
Para que el contribuyente pueda acceder a la reducción de la sanción, deben cumplirse tres requisitos clave:
☑ No haber reincidido en la infracción en los últimos cuatro o dos años, según corresponda.
☑ Aceptar la sanción propuesta por la DIAN.
☑ Subsanar la infracción, es decir, corregir la conducta que generó la sanción.
Subsanación de la infracción
La subsanación implica corregir la conducta infractora, lo que puede involucrar la presentación de declaraciones omitidas, corrección de inexactitudes o el cumplimiento de obligaciones. Dependiendo del tipo de infracción, esta subsanación puede o no requerir el pago de la sanción.
Postura jurisprudencial y doctrinal
El Consejo de Estado ha emitido fallos divergentes respecto a la exigencia del pago de la sanción para acceder a la reducción. Inicialmente, se consideraba que el pago no era necesario, pero en decisiones recientes se ha exigido como un requisito indispensable. En consecuencia, existe cierta contradicción en la jurisprudencia que no permite adoptar una posición vinculante definitiva.
Ejemplos de subsanación
☑ Presentación extemporánea de declaraciones: La infracción se subsana al presentar la declaración, pero es necesario pagar la sanción.
☑ Inexactitud en declaraciones: La corrección de la declaración subsana la infracción, y si esta conlleva un mayor valor a pagar, dicho pago es esencial para considerar la infracción subsanada.
–
–
–
–
–
–
–
–
–
–
–
–