Venta de Flor y Semilla de Cannabis sin Transformación.
¿La venta de flor y semilla de cannabis sin transformación está gravada con el INCC?
Artículo 512-17 del Estatuto Tributario
Solo las ventas de productos transformados a partir de cannabis están sujetas al INCC.
- Las semillas están excluidas de la definición de cannabis para efectos del impuesto.
- El Oficio 017950 de 2019 establece que la venta de cannabis en su estado natural no constituye un hecho generador del INCC.
En consecuencia, la venta de semillas de cannabis no está gravada con el INCC, siempre que se mantengan en su estado natural. Si la flor de cannabis no sufre transformación, su venta tampoco estará gravada con este impuesto.
Aplicación del IVA a la Venta de Cannabis
Artículo 420 del Estatuto Tributario
Aunque la venta de semillas y flores de cannabis en estado natural no está sujeta al INCC, sí lo está al IVA. Esto se debe a que dichas ventas se consideran de bienes corporales muebles.
Producción de Semillas por Titular de Licencia de Cultivo
Otra consulta relevante es si la producción de semillas de cannabis por el titular de una licencia de cultivo está gravada con INCC y con IVA.
- El hecho generador del INCC incluye la transformación del cannabis y la transferencia del producto transformado.
- El artículo 512-18 del Estatuto Tributario especifica que el INCC recae sobre el transformador, es decir, quien somete el cannabis a un proceso de transformación.
En este contexto, un titular de licencia de cultivo que solo produce semillas no es responsable del INCC, ya que no cumple con el hecho generador del impuesto. Asimismo, la producción de semillas en sí misma no es un hecho generador del IVA.
Conclusión
- La venta de semillas y flores de cannabis sin transformación no está gravada con el INCC pero sí con el IVA.
- La producción de semillas por un titular de licencia de cultivo no constituye un hecho generador para ninguno de estos impuestos.
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