Restricción del Derecho de Inspección
En referencia a la restricción del derecho de inspección de un propietario con deudas pendientes, es importante señalar que, aunque la Ley 675 de 2001 no regula específicamente el derecho de inspección de los libros de contabilidad, se puede ejercer este derecho de manera extensiva según el artículo 15 de la Ley 1314 de 2009 y el Código de Comercio.
Artículo 48 de la Ley 222 de 1995.
Los socios tienen el derecho de inspeccionar los libros y papeles de la sociedad en sus oficinas administrativas.
La obstrucción de este derecho por parte de los administradores o el revisor fiscal puede llevar a la remoción del cargo.
Condición de Deudores Morosos
Sobre si los propietarios que han llegado a acuerdos de pago deben ser considerados deudores morosos, la ley no proporciona una definición específica. Sin embargo, en la práctica administrativa, un propietario que cumple con un acuerdo de pago no debería ser tratado como moroso, ya que está cumpliendo con las condiciones pactadas.
Elegibilidad para el Consejo de Administración
En cuanto a la posibilidad de restringir la participación de propietarios con acuerdos de pago en el Consejo de Administración, si el reglamento de la propiedad horizontal establece que el único requisito es ser propietario, cualquier restricción adicional debería ser sometida a consideración de la Asamblea. No obstante, cualquier propuesta en este sentido debe basarse en argumentos jurídicos sólidos y en un análisis del reglamento y de la ley aplicable.
Participación de Esposos o Esposas
Por último, sobre la participación de esposos o esposas de propietarios en el Consejo de Administración, no existe una restricción legal específica en la Ley 675 de 2001 que impida su participación. La elegibilidad dependerá del reglamento interno de la copropiedad y de la interpretación de los derechos de los cónyuges en relación con la propiedad compartida.
Conclusión
Las restricciones y derechos en una copropiedad deben alinearse con la normativa vigente y los reglamentos internos de la misma. Cualquier restricción adicional o interpretación debe ser clara, justificada y acorde con los principios legales y administrativos establecidos.
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